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El Tribunal Supremo, favorable a un recurso de los grupos conservacionistas

Los caudales ecológicos de los ríos, a salvo por una sentencia

Tramo del río Pas, en Cantabria (foto: SEO/BirdLife).
Tramo del río Pas, en Cantabria (foto: SEO/BirdLife).
domingo 02 de diciembre de 2018, 18:07h

El Tribunal Supremo se ha pronunciado en contra de la normativa que permite reducciones generalizadas en la aplicación de los caudales ecológicos. Su sentencia, firme y contra la que no cabe recurso, es considerada por los grupos conservacionistas como un paso muy positivo en la protección de nuestros ríos y humedales.

Por SEO/BirdLife y Ríos con Vida

Una sentencia del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de la parte del real decreto 638/2016 -por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico- que se refiere al control y seguimiento del régimen de caudales ecológicos.

Este decreto permitía reducciones generalizadas en la aplicación de los ya de por sí ridículos caudales ecológicos determinados por los planes hidrológicos, incluidos los que estuvieran en la Red Natura 2000, los humedales Ramsar y las reservas naturales fluviales.

La sentencia es especialmente significativa porque su alcance se extiende a todos los ríos y humedales de España y a todas las demarcaciones hidrográficas, con lo que se garantiza que no se perjudicará su régimen de caudales ecológicos. La sentencia, además, es firme y, por lo tanto, no cabe recurso contra la misma.

Este contenido es un resumen / anticipo de una información cuyo texto completo se publica en la revista Quercus, tanto en su versión impresa como digital.

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