www.revistaquercus.es

El contexto internacional y el primer catálogo de especies protegidas

La conservación de las aves en la España de la Restauración

Por Juan José Ferrero-García

miércoles 22 de octubre de 2014, 11:53h
La conservación de las aves en la España de la Restauración
A finales del siglo XIX España contaba con una legislación que protegía a más de un centenar de especies de aves, establecía sanciones y penas para sus infractores e incluso impulsaba algunas medidas de educación ambiental, cuando este concepto aún no se había forjado. Todo esto ocurrió veinte años antes de que se promulgara la Ley de Parques Nacionales de 1916 y se declararan los primeros espacios protegidos.
Libros Recomendados :
RAPACES DEL MUNDO
¡ Visita nuestra Tienda !
En Europa, las más antiguas iniciativas legislativas encaminadas a la conservación de la fauna silvestre surgen en la primera mitad del siglo XIX. En Francia, la Ley de Caza del 3 de mayo de 1844 ya fijaba algunas prohibiciones destinadas a proteger ciertos grupos de aves, lo que suponía un relativo progreso en relación con los simples periodos de veda cinegética. Sin embargo, catorce años después el historiador galo Jules Michelet se lamentaba de que dicha norma no hubiera servido de gran cosa; mientras que, por el contrario, resultaba muy evidente la tendencia a la mengua o la desaparición de muchas especies (1).

En realidad, hasta la segunda mitad del siglo XIX no aparecen disposiciones claramente conservacionistas. Uno de los mejores ejemplos lo constituye el denominado An Act for the Preservation of Sea Birds, aprobado en el Reino Unido el 24 de junio de 1869 (2). En su preámbulo reconocía expresamente la disminución del número de aves marinas por lo que, a continuación, detallaba aquéllas para las que se prohibía su muerte o captura entre los meses de abril y julio de cada año.

En la década siguiente se produjeron las primeras actuaciones relevantes de carácter supranacional. En el Congreso Económico Internacional de Viena, celebrado en 1873, el prestigioso naturalista alemán Alfred E. Brehm hizo hincapié en la necesidad de salvaguardar lugares como refugio para las aves y el propio congreso finalizó reclamando, entre otras cuestiones, la defensa de los pájaros valiosos para la agricultura debido a su papel como auxiliares en la lucha contra las plagas del campo. Sin embargo, no se pudo consensuar una lista que definiera y concretara cuáles eran esas especies.

Dos años después, Italia y Austria-Hungría firmaban una declaración conjunta para la protección de las aves útiles a la agricultura (3). Se había consagrado, por tanto, el concepto de conservación de determinados animales por las consecuencias económicas positivas que reportaban al sector agrario. Una idea controvertida cuyo origen se remonta a los intensos debates científicos de finales del XVIII, referentes a los presuntos perjuicios o beneficios que ocasionaban ciertas especies, sobre todo los gorriones y algunos otros paseriformes (4). Al mismo tiempo y en distintos ámbitos surgían nuevas iniciativas conservacionistas, como la creación en 1872 del Parque Nacional de Yellowstone, en Estados Unidos (5).

El 7 de septiembre de 1880, el Reino Unido incrementaba considerablemente sus medidas proteccionistas mediante la llamada An Act to Amend the Laws Relating to the Protection of Wild Birds, más conocida como la Wild Birds Protection Act de 1880, que extendía las prohibiciones establecidas durante la época de cría a gran parte de las aves silvestres, además de ampliar dicho periodo. Esta norma, enmendada en varias ocasiones, se mantuvo durante lustros como una de las más importantes leyes medioambientales de la época y, no en vano, recibió el apelativo de The Magna Charta of British Birds (6). En otros países europeos podemos encontrar regulaciones
¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios